La Arquidiócesis de Panamá en virtud del Artículo Primero de la
Resolución No. 1386 del Ministerio de Salud del 11 de diciembre de 2020
que indica: “En los casos de reuniones laborales, solo se permitirá la
participación de un máximo de diez personas, siempre que cumplan con el
distanciamiento de dos metros y las demás medidas de bioseguridad”, ha
dispuesto que en caso de realizarse honras fúnebres lo siguiente:
- Solo podrán participar 10 personas en el templo y 5 personas
solamente si es en la cripta. - Si el difunto está en cuerpo presente no podrá ser abierto el ataúd.
- Tener en consideración la disponibilidad de los equipos
parroquiales de Higiene y Salud Covid-19 que es quien garantiza las
medidas de bioseguridad en los templos.
Se reitera que los templos en la Arquidiócesis estarán disponibles para
recibir y custodiar las cenizas de los fieles difuntos, si los deudos
prefieren postergar las honras fúnebres.